jueves, 21 de junio de 2012

DESOBEDIENCIA INCIVIL


REGIÓN,  miércoles 30 de mayo de 2012, p. 12

Prof. Henry Lezama
Dpto. Idiomas Modernos UDO-Sucre
http://udistasns.blogspot.com

Contrario a lo que teorizaba Ralph Waldo Emerson en su ensayo “Auto-determinación”, la voz interna que el individuo debe escuchar y que lo pone en contacto con principios universales éticos y morales, con verdades puras e incuestionables, no parece haberles hablado nunca a muchos de nuestros universitarios. Estos no parecen escuchar otra voz que no sea la de la soberbia y la anti-intelectualidad. No ayuda, obviamente, la ausencia de una campaña de concientización, la no-visibilidad de la resolución de consejo universitario que PROHIBE el consumo de alcohol y los juegos de truco en la universidad, la ausencia de un cuerpo de vigilancia serio y eficiente, o la ilusión en la que se convirtió el supuesto apoyo del DIBISE.
Todo esto me hizo pensar en el famoso ensayo de Henry David Thoreau (1849) en respuesta a la esclavitud y a la guerra entre México y EEUU: “Desobediencia Civil”. En este ensayo Thoreau argumenta que el mejor gobierno es el que gobierna menos; es decir, el que menos tiene que intervenir en los asuntos de sus ciudadanos. Sin embargo, la condición que Thoreau presupone es que “cuando los hombres estén preparados para ello, ese será el tipo de gobierno que tendrán”. En otras palabras, cuando los ciudadanos tengan la madurez cívica para no necesitar de un gobierno que les diga cómo comportarse, entonces, estos ciudadanos tendrán ese tipo de gobierno no-intrusivo. De haber leído a Thoreau, esta sería la interpretación que los estudiantes que promueven la anarquía en el Núcleo habría hecho: nosotros ya estamos “preparados” y el gobierno irrespeta cada vez que algún profesor, estudiante, obrero, o empleado nos llama la atención.
 Luego, plantea Thoreau que “cada hombre debe expresar qué tipo de gobierno se ganaría su respeto, y ese será el primer paso para obtenerlo”. Esta debe ser la convicción en la mente de estos jóvenes y la no-intervención de las autoridades es el único tipo de gobierno que ellos respetarían. Siguiendo los postulados de Thoreau, pero a la inversa, para estos individuos “No es tan deseable cultivar un respeto por la ley, como lo es el de cultivar respeto por lo que es correcto. La única obligación que tengo derecho de asumir es hacer en cualquier momento lo que yo crea es correcto.” Por desgracia, muchos estudiantes universitarios creen que lo correcto es no estudiar, jugar truco, consumir licor, fumar, destruir la universidad, y reaccionar violentamente ante cualquier crítica.
La premisa clave en el texto de Thoreau es que “Todo hombre reconoce su derecho a la revolución; es decir, el derecho a rechazar alianza a un gobierno y resistir dicho gobierno, cuando su tiranía o su ineficiencia son grandes e insoportables”. Podríamos darle algo de crédito a algún movimiento estudiantil que reaccione contra las autoridades  porque su ineficiencia ha sido más que obvia en los últimos años, pero pareciera que para esta generación es necesario rechazar cualquier forma de autoridad. Los estudiantes problema han asumido que la universidad es injusta al pretender educarlos, y rompen las leyes. Me pregunto, tal como lo planteaba Thoreau, “Si [la injusticia] es tal que requiere que tú seas el agente de injusticia contra otro, entonces,” ¿no es tiempo ya que alguien más rompa la ley?
De la misma forma como nosotros criticamos a los que comentan los problemas de la universidad sin hacer nada al respecto, Thoreau increpaba a quienes “en opinión estaban opuestos a la esclavitud y a la guerra, pero quienes en efecto no hacen nada para ponerle fin a estas”. Muchos de nosotros, aún opuestos a que este estado de cosas, permitimos que siga funcionando de esta forma, perpetuando injusticias, fomentando anti-valores, promoviendo la mediocridad, albergando violencia, delincuencia, e ineptitud.  
En la cárcel, Thoreau se percató de que “el Estado era idiota… y que no sabía distinguir sus amigos de sus enemigos, y le [perdió] todo el respeto que [le] quedaba”. De manera similar, la universidad da la espalda a quienes quieren preservar su dignidad. A este paso, los actos de desobediencia incivilizada aumentarán y las confrontaciones nada educadas terminarán consumiendo lo poco que queda de nuestra humanidad.          

miércoles, 23 de mayo de 2012

Verdugos de la UCV


Humberto García Larralde
Representante profesoral ante el Consejo Universitario de la UCV 
humgarl@gmail.com

El jueves 17 de mayo la Sala Electoral del TSJ impuso una multa de Bs. 18.000 a cada uno de los miembros del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela[1], alegando desacato de una decisión tomada por ella el 10 de agosto del año pasado en la cual se obligaba a esta Casa de Estudios suspender toda elección interna hasta tanto no reformara el reglamento electoral interno, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación (LOE). Asimismo, ordena al Consejo Universitario  instrumentar esa reforma en los 10 días hábiles siguientes y a remitirle el nuevo reglamento. Tal decisión constituye un atropello a la autonomía universitaria, a la libertad de conciencia de los integrantes del máximo organismo universitario y a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), además de a otros preceptos legales. Veamos.

1.       De la aprobación de Ley Orgánica de Educación (LOE):
La LOE fue aprobada “entre gallos y medianoche” del 13 de agosto, luego de una sola discusión en plenaria de la Asamblea Nacional (AN). El proyecto de ley presentado a la consideración del cuerpo legislativo no guardó relación alguna con lo aprobado por consenso en primera discusión en 2001, cuando la AN era mucho más representativa y plural[2]. Lo que se aprobó fue un proyecto nuevo, que requería de dos discusiones en plenaria, no una, conforme a lo establecido en los artículos 207, 208 y 209 de la CRBV. Tratándose de una ley orgánica, debía haberse remitido a la Sala Constitucional del TSJ para que ésta se pronunciara sobre su constitucionalidad y rango orgánico antes de ser promulgada, como obliga el artículo 202 de la Carta Magna, cosa que tampoco se hizo.

El proyecto de ley, cocinado a espaldas incluso de miembros de la Comisión de Educación Cultura y Deportes de la AN, fue conocido por los diputados apenas una semana antes de su aprobación definitiva, sin incluir su Exposición de Motivos. Las reiteradas peticiones de autoridades universitarias y organizaciones sociales comprometidas con el hecho educativo, de posponer su discusión para permitir así una amplia consulta luego del inicio de las clases en septiembre, no sólo fueron desoídas, sino que sus proponentes y acompañantes, al dirigirse en manifestación a la Asamblea Nacional, fueron reprimidas salvajemente por la policía y por bandas armadas pro gobierno.

Por tanto, esta ley carece de legitimidad democrática por violar disposiciones constitucionales para su aprobación, entre los cuales cabe destacar la ausencia de toda consulta a los interesados.

2.       Del artículo 34 de la LOE
El # 3 del artículo 34 de la LOE señala que la autonomía universitaria implica:

Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo contralor conformado por los y las integrantes de la comunidad universitaria.


Este artículo contraría al artículo 109 de la CRBV, que señala que:
El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley. Se consagra la autonomía universitaria para planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión. Se establece la inviolabilidad del recinto universitario. Las universidades nacionales experimentales alcanzarán su autonomía de conformidad con la ley.
Es decir, se reconoce que el ejercicio autonómico reside en la comunidad universitaria de profesores, estudiantes y egresados, entre otras cosas, para darse “sus normas de gobierno”. Por demás, lo dispuesto en el #3 del artículo 34 de la LOE fue negado en el referéndum sobre cambio constitucional sometido a la consideración de los venezolanos el 2 de diciembre de 2007, que reconocía expresamente “el voto paritario de los y las estudiantes, los profesores y las profesoras, trabajadores y trabajadoras para elegir las autoridades universitarias” (art. 109 del proyecto de cambio constitucional).
Por último, al quedar derogada la Ley de Educación Universitaria (LEU) a comienzos de 2011 por el presidente Chávez en razón de que no fue consultada, necesariamente sigue vigente la Ley de Universidades de 1970, que sostiene, en su artículo primero, que la universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne a profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del hombre”.

1.       El voto “1 x 1 x 1” destruirá la universidad
La universidad es una institución con fines específicos de naturaleza académica, especializada en la generación e impartición de conocimientos, en la que la toma de decisiones debe enmarcarse en la prosecución de estos fines. Las autoridades universitarias son primordialmente académicas, no políticas, por lo que su escogencia debe responder a méritos de solvencia académica. Esta verdad demarca el ámbito de los procesos eleccionarios dentro de la universidad, limitada a quienes integren su comunidad académica y, por ende, corresponsables en velar por la prosecución de sus fines específicos.

La democracia universitaria es, por tanto, distinta a la democracia política, en la que todo ciudadano tiene el derecho a expresarse a través del voto para elegir a sus gobernantes. Esta distinción es común a toda institución especializada en la prosecución de fines específicos en los que la existencia de ciertas capacidades, experiencias o méritos, son determinantes para la toma de decisiones. En esto reside, precisamente, su institucionalidad. De ahí que la autoridad, la toma de decisiones y el ámbito de lo electoral en el Tribunal Supremo de Justicia y en la Asamblea Nacional, por ejemplo, esté circunscrita a los magistrados y los diputados, respectivamente, a pesar de tener una amplia gama de empleados subalternos que laboran en actividades de apoyo. Tampoco en la Fuerza Armada votan los soldados. El hecho de que esta verdad tan obvia, tan evidente, sea soslayada por los legisladores oficialistas que aprobaron la LOE y por los magistrados de la Sala Electoral que arremeten contra la UCV, indica que el fin buscado es la destrucción de la institucionalidad universitaria, de las normas, valores y mecanismos para la toma de decisiones que aseguren la prosecución de sus fines.

La propuesta del voto igualitario, en la cual cada profesor, estudiante, empleado, obrero y egresado tiene un voto, subordina la prosecución de fines académicos a los intereses particulares de grupos y gremios mayoritarios. Los profesores serían una ínfima minoría, no obstante ser quienes más competencia tienen para garantizar la supremacía de lo académico. Siendo mayoría los estudiantes y los egresados, éstos impondrían a las autoridades y, progresivamente, los cambios en la normativa interna a favor suyo, en correspondencia con sus intereses y puntos de vista.

Ni la verdad científica, ni la evaluación de los educandos, ni el desarrollo de soluciones a los problemas del país, se deciden por mayoría de votos. La democracia universitaria está en la discusión exhaustiva, desde distintas perspectivas, de las pretensiones de “verdad” de enunciados y descubrimientos, así como de la conveniencia e idoneidad de los métodos utilizados para arribar a ella. No se puede imponer una verdad y menos una razón política a una universidad, sin desnaturalizar sus funciones[1]. Más que poder político, en la universidad priva la autóritas que se deriva de méritos académicos. Las jerarquías universitarias deben asentarse en la ascendencia académica, profesional y ética que las legitime ante la comunidad como conductores y garantes idóneos de los procesos de docencia, investigación y extensión. Si bien el voto permite la competencia entre estilos y propuestas de gestión universitaria, sólo es pertinente si redunda en la preminencia del conocimiento, en un ambiente donde prevalezca la razón y el debate plural por sobre otras consideraciones.

La pertinencia de la universidad se fundamenta en el cumplimiento eficaz de sus fines académicos. La restricción de la autonomía académica implícita en la propuesta del voto igualitario y en el proyecto político que la motiva atenta contra la misión fundamental de la universidad como poderosísimo instrumento para el desarrollo del país. La universidad autónoma proporciona una de las pocas ventanas a la frontera del conocimiento de la humanidad con que cuenta Venezuela. Su capacidad de constituirse en interlocutora de los centros más avanzados en el mundo reside, precisamente, en la competencia para tomar decisiones en estricto apego a criterios de excelencia académica. La sujeción del quehacer universitario a una normativa externa rígida con intenciones de control político, acaba con estas posibilidades. Por ello es menester respetar el régimen autonómico de las universidades, para resguardarlas de presiones políticas, económicas o religiosas que la desvíen de su misión. La eliminación de los méritos académicos como criterio y condición para la elección de los órganos de cogobierno, somete a la universidad a prácticas populistas, de reparto corporativo-gremial, que habrán de desnaturalizar irremediablemente su función y destruir sus pretensiones de excelencia. Con ello se sabotea la necesidad de poner a Venezuela al día con los avances del conocimiento científico, humanístico y tecnológico de la humanidad. Que los estudiantes del futuro y sus familiares se olviden de la “marca registrada” de calidad que significa hoy un título de la Universidad Central de Venezuela, si se logra imponer este mecanismo de elección.

Cabe señalar que en ninguna universidad del mundo hemos encontrado un régimen electoral como el propuesto por el “1 x 1 x 1”, mucho menos en las instituciones del llamado “bloque socialista”, que mantenían un control político estricto sobre sus universidades, como lo sigue haciendo Cuba.

2.       La profundización de la democracia universitaria

Los argumentos esgrimidos para rechazar lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 34 de la LOE no pretenden señalar que el mecanismo existente no pueda perfeccionarse. Me atrevería a señalar que existe un consenso mayoritario para revisar el régimen electoral e incorporar al estudiante de postgrado –inexistente como figura en la Ley de Universidades de 1970-, reducir la preponderancia de los profesores jubilados en el claustro, incluir en este cuerpo a los instructores por concurso y considerar una mayor ponderación del estudiantado que el actual 25%. Asimismo, el Consejo Universitario de la UCV conoce desde hace años de una propuesta para abrir espacios de participación en la toma de decisiones de naturaleza administrativa de sus empleados y trabajadores, como en todos aquellos asuntos referentes a sus condiciones de trabajo. La fundamentación de estos cambios requiere, empero, una nueva Ley de Universidades.



En atención a estas consideraciones, el Consejo Universitario, con base en una propuesta presentada por una comisión designada de su seno para analizar las implicaciones de la citada sentencia de la Sala Electoral del 10 de agosto de 2011, y en ejercicio de sus potestades autonómicas, decidió abrir una amplia consulta a la comunidad que hace vida en la universidad sobre los mecanismos electorales deseados. Entre otras cosas, se han realizado discusiones en los Consejos de Facultad y en asambleas de estudiantes, profesores y empleados, y una delegación de empleados y trabajadores consignó una propuesta de reglamento –en este caso recogiendo lo del 1 x 1 x 1- al Consejo Universitario. La imposición de la Sala Electoral corta de tajo esta discusión y vulnera abiertamente la autonomía universitaria, amén de contrariar la recomendación del presiente Chávez cuando vetó la LEU de abrir un debate sobre la legislación universitaria.

            Cabe señalar que en las universidades que controla directamente este gobierno tan preocupado por la “profundización de la democracia” y el “respeto por los derechos de participación protagónica e igualitaria” no hay elecciones para nombrar autoridades, consejos de facultad, de escuela, representación estudiantil, ni tampoco para centros de estudiantes. Estos últimos simplemente no existen. Como es sabido por todos, las autoridades de esas instituciones son nombradas a dedo por el alto Ejecutivo.

1.       El compromiso con nuestra conciencia
Convencidos de que la aprobación de un mecanismo como el propuesto en el #3 del artículo 34 de la LOE acabaría con la Universidad Central de Venezuela como la conocemos y es violatorio de preceptos constitucionales y legales, la Sala Electoral comete un atropello de monta mayor al ordenarle al Consejo Universitario que redacte un reglamento con esas características. Si este régimen quiere destruir la institucionalidad universitaria por que no tiene otra manera de controlarla (sus fuerzas se revelan ínfimas en todas las elecciones realizadas internamente) que lo haga directamente y sufra las consecuencias políticas de violar la autonomía. Recurrir a la vía judicial para allanar las potestades autonómicas de la UCV con una orden que obliga a sus autoridades a instrumentar el mecanismo que la aniquilaría como universidad seria, es un atropello a la dignidad y a la libertad de conciencia de quienes integramos el Consejo Universitario. En la Casa que vence la sombra a través del debate de ideas y el contraste de opiniones para encontrar soluciones justas, ordenarle que se someta sin chistar a la opinión del gobierno es negar la esencia del quehacer universitario. La UCV no es un cuartel para estar doblegándose a órdenes de una autocracia. ¡Que se atreva el gobierno a redactar e imponer el reglamento en cuestión!

La Universidad Central de Venezuela puede exhibir orgullosamente un largo historial de aportes a la solución de variados problemas del país y a la promoción de una cultura democrática. De sus aulas han salido legiones de dirigentes, tanto del sector público como del privado, que han contribuido, cada uno a su manera, con el desarrollo del país. Gracias a su conciencia crítica y capacidad de movilización en defensa de los principios libertarios, han dejado huella en la construcción de una república civil y moderna, cohortes de estudiantes y profesores como es el caso de las “generaciones” del ’28, del ’36, del ’57 y la que luchó por rescatar la autonomía vulnerada por el allanamiento del primer gobierno de Rafael Caldera. Hoy el movimiento estudiantil vuelve a levantar las banderas de la libertad en protesta contra el atropello y cierre de medios de comunicación y el desconocimiento de derechos humanos básicos por parte del gobierno. La UCV siempre ha sido un baluarte de democracia, de libertad y de las mejores intenciones para con el país ante abusos del poder. La significancia de este historial no puede ser simplemente echado por la borda. No seremos nosotros los verdugos de la UCV.

Una muestra de que la decisión de la Sala obedece a criterios políticos por encima de otras consideraciones, es su reconocimiento de que la UCV debería acatar su sentencia por ser “un ejemplo” para las demás universidades. Es decir, con el hara-kiri que se nos pide instrumentar, se espera quebrar el espinazo de la resistencia crítica que ofrece el sistema de universidades autónomas ante los intentos de imponer un pensamiento único en el país que acabaría con su razón de ser. Por demás, la retaliación por no prestarnos a sus designios se expresa en que deliberadamente se escogió imponernos la mayor multa posible de acuerdo con la normativa vigente, de 200 unidades tributarias.

En nombre de los intereses superiores del Pueblo alemán –volk- en la noche del 10 de mayo de 1933 fueron quemados por estudiantes nazis frente a la universidad de Berlín, unos 20.000 libros de autores de renombre mundial –alemanes y extranjeros[1]- para dar paso a la edificación de una cultura propia del Tercer Reich, la única aceptable. Asimismo, fueron expulsados los profesores de ascendencia judía de las universidades. Era obligatorio que todo miembro de las profesiones docentes, desde pre-escolar hasta las universidades, perteneciera a la Liga Nacional Socialista de Profesores y jurar “obediencia y lealtad” a Adolfo Hitler.

En este empeño hegemónico, la jurisdicción descentralizada de escuelas públicas y universidades fue sustituida por un control centralizado bajo el Ministerio de Propaganda. La purga de autores o científicos “impuros” de los pensa de estudios fue adelantada en aras de la pretendida supremacía del conocimiento ario, lo cual, desde luego, resultó ser desastroso para el sistema educativo alemán. Fue despedido todo académico que se expresara en contra del Nacional Socialismo, llevando a muchos a guardar silencio antes de perder su carrera. “Era una escena de prostitución” -reflexionaría luego uno de los despedidos, el profesor Wilhelm Roepke- “que manchó la honorabilidad de la enseñanza alemana”. Confiesa tristemente otro ilustre profesor germano el resultado a que llevó la obsecuencia de las universidades ante tales designios: “Las universidades alemanas faltaron, cuando todavía había tiempo, en oponerse públicamente, con todo su poder, a la destrucción del conocimiento y del estado democrático. Fallaron en mantener el faro de la libertad y del derecho encendido durante la noche de la tiranía”.[2]

Constituye un trágico ejemplo de lo que puede suceder si los universitarios nos sometemos dócilmente a los designios de la vocación fascista que se despliega desde el poder.  



HGL, 20/05/2012


[1] Salvo a dos representantes del oficialismo, que votaron en contra del calendario electoral para elegir autoridades, aprobado a comienzos de marzo del presente año.
[2] Este proyecto fue engavetado luego de que el presidente Chávez amenazara recibirlo con “el bate de Sammy Sosa”.
[3] La subordinación del conocimiento a objetivos políticos –casos de Lysenko y del desprecio por la cibernética por considerarla ciencia “burguesa” en la Unión Soviética de Stalin; arrase de la academia durante la Revolución Cultural China-, significó un serio descalabro para las ciencias y las artes de esos países. El atraso en aquellas disciplinas más afectadas fue lamentable y llevó por fuerza a costosos procesos de rectificación. La expulsión de académicos judíos de las universidades y la quema de libros que no expresaran las “verdades” de la prédica nacional-socialista alemana, tuvo similares efectos bajo el Tercer Reich.
[4] Entre otros autores, pueden mencionarse a Stefan Zweig, Thomas Mann, Albert Einstein, Sigmund Freud, Jack London, H.G. Wells, Emile Zolá, Marcel Proust y muchos otros.
[5] Profesor Julius Ebbinghaus, Shirer, Op. cit.,:251-2. Los últimos dos párrafos fueron extraídos del libro de mi autoría, El fascismo del siglo XXI, Random House Mondadori, Caracas, pp. 397-8.

miércoles, 16 de mayo de 2012

En torno a la reforma del Reglamento Electoral de la UDO


REGIÓN,  miércoles 16 de mayo de 2012, p. 10

Grupo UDISTAS
http://udistasns.blogspot.com




En torno a la reforma del Reglamento Electoral de la UDO

Ante el llamado por parte del Consejo Universitario de la Universidad de Oriente a participar en la reforma del Reglamento Electoral de esta institución, que acata la orden emanada de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, el grupo Udistas comunica a todos los sectores de la colectividad universitaria su posición al respecto.
Constituye una falta grave contra la comunidad universitaria y la institucionalidad de nuestra Universidad el sometimiento inconsulto a esta decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
En Udistas percibimos muy claramente la intención política del gobierno nacional de quebrar la autonomía de nuestras universidades, sin reparar en la inconstitucionalidad de actuaciones tales como la pretensión de reglamentar vía judicial. Nos resulta muy claro que al gobierno no le interesa profundizar la democracia universitaria. Si así fuera, sería muy sencillo que empezaran aplicando estos principios en las universidades experimentales que controlan, donde las autoridades son nombradas por el gobierno y no electas, y donde se persigue o anula la disidencia.
La profundización de la democracia que se alega en la decisión en cuestión es una farsa que, de concretarse, causará daños permanentes a la universidad. Los universitarios deben rebelarse ante este atropello. En consecuencia, denunciamos y rechazamos enérgicamente las argucias y artimañas legales que soportan estas pretensiones, y, con redoblada fuerza, exhortamos a las autoridades de la universidad y a todos los miembros de nuestra colectividad a defender con firmeza el derecho que nos asiste. La debilidad de nuestras posiciones no ha servido sino para nuestro perjuicio.
Estimamos que las universidades autónomas han debido mantenerse unidas en la posición inicial que demandaba por inconstitucional, ante el TSJ, el numeral 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación, en cuya manipulación se funda el peligro inminente que hoy nos vemos obligados a repudiar. Como siempre, la división ha sido perjudicial y ha impedido difundir ampliamente esa posición y presionar, mediante actividades públicas, para que fuese tomada en cuenta. Igual actitud compacta debió permanecer ante la decisión de la Sala Electoral, y no ceder al chantaje, como bien han hecho la UCV y la UC.
También advertimos la falta de una discusión anticipada, amplia y abierta de estos aspectos problemáticos con profesores y estudiantes, acompañada del necesario apoyo especializado, acciones que han debido ser promovidas por las instancias directivas de la universidad. Tal proceso hubiera permitido una actitud más sustentada, coherente y firme.
Enfatizamos:
La Universidad de Oriente no debe, a través de sus autoridades rectorales y su Consejo Universitario, asumir una decisión de acatamiento de reforma del Reglamento Electoral sin reparar en las graves consecuencias que esto tendría en el presente y futuro de la vida universitaria, que no hay que olvidar que es, en esencia, académica.
Debe ser revisada la correspondencia entre lo dispuesto en la Constitución y lo establecido en la Ley de Educación. Es indispensable la elaboración y aprobación de una Ley de Universidades, siempre acorde con la Constitución, para lo cual debe impulsarse la difusión de los proyectos de ley presentados por las universidades autónomas y grupos académicos ante la Asamblea Nacional.
Somos de la posición de que la convocatoria, organización y realización de las elecciones de autoridades rectorales y decanales ya vencidas debería hacerse con base en el actual Reglamento Electoral, pues es el que se sustenta en lo dispuesto por la Constitución y en la Ley de Universidades vigentes.
Que nadie se engañe, el acatamiento de la decisión avala una intervención disimulada. Los razonamientos jurídicos para cuestionar su aplicación son claros y han sido expuestos al país por personalidades e instituciones comprometidas con la salud democrática de nuestras universidades. En tal sentido, refrendamos los argumentos de la comisión designada por el Consejo Universitario de la UCV (ver: http://uvero.adm.ula.ve/prensa/index.php/informe-de-la-comision-designada-por-el-cu-de-la-ucv-sobre-las-implicaciones-de-la-aprobacion-del-reglamento-electoral-que-ordena-el-tsj/)
Proponemos que nuestra Universidad se una al rechazo contra la imposición oficial que otras universidades han iniciado y que activemos mecanismos para la participación, en sintonía con el espíritu de inclusión y de corresponsabilidad colectiva
Colegas, es momento de demostrar el apego al valor de la libertad académica y de enfrentar el intento de sojuzgar a la autonomía universitaria. Nos toca defender la UDO, no entregarla.

GRUPO UDISTAS: EN TORNO A LA REFORMA DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE




Ante el llamado por parte del Consejo Universitario de la Universidad de Oriente a participar en la reforma del Reglamento Electoral de esta institución (ver: http://www.udo.edu.ve/index.php?option=com_flexicontent&view=items&cid=19&id=2943&Itemid=223), que acata la orden emanada de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, el grupo Udistas comunica a todos los sectores de la colectividad universitaria su posición al respecto.
Constituye una falta grave contra la comunidad universitaria y la institucionalidad de nuestra Universidad el sometimiento inconsulto a esta decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
En Udistas percibimos muy claramente la intención política del gobierno nacional de quebrar la autonomía de nuestras universidades, sin reparar en la inconstitucionalidad de actuaciones tales como la pretensión de reglamentar vía judicial. Nos resulta muy claro que al gobierno no le interesa profundizar la democracia universitaria. Si así fuera, sería muy sencillo que empezaran aplicando estos principios en las universidades experimentales que controlan, donde las autoridades son nombradas por el gobierno y no electas, y donde se persigue o anula la disidencia.
La profundización de la democracia que se alega en la decisión en cuestión es una farsa que, de concretarse, causará daños permanentes a la universidad. Los universitarios deben rebelarse ante este atropello. En consecuencia, denunciamos y rechazamos enérgicamente las argucias y artimañas legales que soportan estas pretensiones, y, con redoblada fuerza, exhortamos a las autoridades de la universidad y a todos los miembros de nuestra colectividad a defender con firmeza el derecho que nos asiste. La debilidad de nuestras posiciones no ha servido sino para nuestro perjuicio.
Estimamos que las universidades autónomas han debido mantenerse unidas en la posición inicial que demandaba por inconstitucional, ante el TSJ, el numeral 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación, en cuya manipulación se funda el peligro inminente que hoy nos vemos obligados a repudiar. Como siempre, la división ha sido perjudicial y ha impedido difundir ampliamente esa posición y presionar, mediante actividades públicas, para que fuese tomada en cuenta. Igual actitud compacta debió permanecer ante la decisión de la Sala Electoral, y no ceder al chantaje, como bien han hecho la UCV y la UC.
También advertimos la falta de una discusión anticipada, amplia y abierta de estos aspectos problemáticos con profesores y estudiantes, acompañada del necesario apoyo especializado, acciones que han debido ser promovidas por las instancias directivas de la universidad. Tal proceso hubiera permitido una actitud más sustentada, coherente y firme.
Enfatizamos:
• La Universidad de Oriente no debe, a través de sus autoridades rectorales y su Consejo Universitario, asumir una decisión de acatamiento de reforma del Reglamento Electoral sin reparar en las graves consecuencias que esto tendría en el presente y futuro de la vida universitaria, que no hay que olvidar que es, en esencia, académica.
• Debe ser revisada la correspondencia entre lo dispuesto en la Constitución y lo establecido en la Ley de Educación. Es indispensable la elaboración y aprobación de una Ley de Universidades, siempre acorde con la Constitución, para lo cual debe impulsarse la difusión de los proyectos de ley presentados por las universidades autónomas y grupos académicos ante la Asamblea Nacional.
• La Universidad de Oriente, en unión sólida y activa con las otras universidades autónomas, debe mantener una posición de defensa de la autonomía en todos sus órdenes, tal como lo establece la Constitución Nacional.
• Somos de la posición de que la convocatoria, organización y realización de las elecciones de autoridades rectorales y decanales ya vencidas debería hacerse con base en el actual Reglamento Electoral, pues es el que se sustenta en lo dispuesto por la Constitución y en la Ley de Universidades vigentes.
Que nadie se engañe, el acatamiento de la decisión avala una intervención disimulada. Los razonamientos jurídicos para cuestionar su aplicación son claros y han sido expuestos al país por personalidades e instituciones comprometidas con la salud democrática de nuestras universidades. En tal sentido, refrendamos algunos de los argumentos presentados a la opinión pública nacional por la comisión designada por el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela para el estudio de esta situación, en cuyo informe, de manera precisa y contundente, se asientan las razones para rechazar esta maniobra (ver: http://uvero.adm.ula.ve/prensa/index.php/informe-de-la-comision-designada-por-el-cu-de-la-ucv-sobre-las-implicaciones-de-la-aprobacion-del-reglamento-electoral-que-ordena-el-tsj/)
La Asamblea Nacional Constituyente de 1999 mantuvo la visión académica de la comunidad universitaria, del mismo modo que la Constitución de 1961, por lo que el artículo 109 de la Constitución actual reprodujo la integración de la comunidad universitaria, entendida como comunidad académica, pues esto es la universidad en esencia, es decir, profesores y estudiantes
Tan evidente resulta la definición constitucional de la comunidad universitaria que, en el proyecto de reforma constitucional de 2007, la Asamblea Nacional agregó, a las propuestas del Presidente de la República, la modificación del artículo 109 de la Constitución para incluir una norma según la cual “La ley garantizará el voto paritario de los y las estudiantes, los profesores y las profesoras, trabajadores y trabajadoras para elegir las autoridades universitarias”. Esta modificación fue rechazada por los electores en el Referendo Constitucional de diciembre de 2007.
La Ley Orgánica de Educación, aprobada de forma muy irregular en agosto del 2009 (ver aspectos del informe de la comisión especial de la UCV), cuyo artículo 34 sirve de “fundamento legal” a las decisiones de la Sala Electoral del TSJ, descarada e ilegalmente, contradice la Constitución. La LOE infringe el artículo 109 de la Constitución, pues en el numeral 3 del artículo 34, violenta la integración de la comunidad universitaria, dado que el precepto constitucional la limita a los profesores, estudiantes y egresados, mientras que lo dispuesto en el artículo de la ley la amplía incluyendo en dicha integración al personal administrativo y obrero, cuando, como antes dijimos, esa fue una proposición negada por la Asamblea Nacional Constituyente, y también por el pueblo al rechazar la reforma de la Constitución en el referendo de diciembre de 2007.
Además, el numeral 3 del artículo 34 de la LOE modifica la naturaleza académica del derecho a elegir las autoridades universitarias, y lo convierte en un derecho político, con la finalidad de desnaturalizar la “igualdad de trato”, que permite elegir a las autoridades mediante el voto ponderado de los integrantes de la comunidad universitaria, e introducir la figura del mandato revocable de las autoridades; al hacerlo vuelve a infringir el artículo 109 de la Constitución. Lo establecido en esta ley desconoce la diferencia que existe entre el derecho académico, que es el consagrado en la Constitución (autogobierno), y el derecho político, cuyo ejercicio básicamente tiene como finalidad la participación de todos los ciudadanos en la formación de la voluntad general del Estado.
Como criterio relevante, cabe destacar que la LOE infringe el artículo 102 de la Constitución, que define el derecho a la educación como un servicio público fundamentado en el respeto a todas las corrientes del pensamiento; mientras que esta ley, al consagrar la construcción del socialismo como un propósito obligatorio, niega ese respeto.
La Sala Electoral del TSJ parece estar consciente de que la LOE está incompleta, y por ello dictó sus “consideraciones” para hacerla aplicable, sin preocuparse de que al emitir esas consideraciones estaba invadiendo competencias de la Asamblea Nacional. La Sala Electoral legisla para hacer aplicable la LOE y al hacerlo viola la separación de poderes, principio constitucional.
Por otro lado, la Ley de Universidades no ha sido derogada; es, por tanto, la que sigue rigiendo y en consecuencia no se puede desconocer su vigencia.
La Sala Electoral infringe el principio de la libertad de conciencia de los integrantes de la comunidad universitaria, al desconocer el artículo 109 de la Constitución, según el cual “El Estado reconocerá la autonomía universitaria […] y “Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento […]” En efecto, no puede la Sala Electoral dar órdenes ni a la Rectora ni al Consejo Universitario de que elabore un Reglamento en una forma determinada y en un plazo fijado, como si estos órganos fueran subordinados de la Sala Electoral.
La Sala Electoral, con sus sentencias, desconoce del precedente sentado por la Sala Constitucional de que participar en las elecciones universitarias es un derecho académico. En sentencia Nº 898, del 13/05/2002, la Sala Constitucional anuló una sentencia de la Sala Electoral en la que se había establecido el criterio de que en las Universidades el derecho al voto es un derecho político. En esa oportunidad, la Sala Constitucional estableció criterios vinculantes en el sentido de que la participación de los profesores en la elección de autoridades es un derecho académico, no un derecho político, por lo que “no puede aludirse a los artículos 62 [derecho a participar en los asuntos públicos] y 63 [derecho al sufragio] de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para estimar inconstitucionales los artículos 52 y 55 de la Ley de Universidades (u otros similares de la misma ley), ya que éstos últimos no se refieren al sufragio ni a la participación política, sino a la composición de una autoridad universitaria y de sus atribuciones, lo que escapa a la teleología de las garantías sobre sufragio y participación política invocadas”. Desconoce, pues, la Sala Electoral un precedente vinculante, pues la Sala Constitucional, en la sentencia indicada, no estaba interpretando ninguna ley, sino estableciendo la recta inteligencia de la Constitución, la cual es obligante para la Sala Electoral e incluso para la Asamblea Nacional.
La Sala Electoral del TSJ olvida el precedente sentado por la Sala Constitucional sobre las distintas formas de entender el principio de igualdad en las elecciones universitarias. En su sentencia Nº 898, del 13/05/2002, la Sala Constitucional estableció que el principio de igualdad puede entenderse de diversas maneras: la igualdad como equiparación, que conduce a la igualdad matemática, y la igualdad como diferenciación, conforme a la cual pueden establecerse desigualdades positivas, como es la que ocurre en la elección de representantes indígenas a los cuerpos deliberantes, sin lo cual estas categorías de ciudadanos no estarían representados. De allí concluye la Sala que, en el ámbito académico, es lícito aplicar el principio de igualdad como diferenciación No obstante, la Sala Electoral establece en su sentencia que cuando la LOE se refiere al derecho a elegir autoridades “en igualdad de condiciones”, alude necesariamente a la igualdad como equiparación, con lo cual, por una parte, desconoce el criterio vinculante de la Sala Constitucional y, por la otra, se sustituye al legislador para determinar el principio de igualdad aplicable en las elecciones universitarias.
Colegas: hay momentos cruciales en los cuales nuestra función educativa y nuestra conciencia de la historia del espíritu humano como forja de la dignidad no dejan lugar a vacilaciones. Es momento de demostrar el apego al valor de la libertad académica y de enfrentar, con todos los recursos posibles, el intento de sojuzgar a la autonomía universitaria.
La necesidad, marcada con el espíritu de la democracia, de encontrarnos alrededor de lo que nos es más caro -mantener la Universidad ante las pretensiones totalitarias- exige una reflexión menos mediatizada. Podemos encontrar las vías.
Proponemos que nuestra universidad se una al rechazo contra la imposición oficial que otras universidades ya han iniciado y que activemos mecanismos para la participación, en sintonía con el espíritu de inclusión y de corresponsabilidad colectiva.
Nos toca defender la UDO, no entregarla.

UDISTAS SOMOS TODOS
Cumaná, 14 de mayo de 2012
Por el Grupo Udistas:
Firmas en el original.

viernes, 11 de mayo de 2012

Con las manos en los bolsillos…

REGIÓN,  miércoles 09 de mayo de 2012, p. 10

 Profa. Francys Peretti

Dpto. Idiomas Modernos UDO-Sucre
http://udistasns.blogspot.com

Lector, si vistes algún tipo de ropa con bolsillos, no es extraño que guardes cosa en ellos; lo que sí puede serlo es que unas manos en los bolsillos puedan servir para mantener la calma en situaciones en las que la calma esconde una tormenta.
El viernes 04 de mayo fue un día más en Cerro Colorado, nuestro Núcleo universitario. Como siempre, estábamos dedicados a nuestro trabajo y encontramos lo que ya se ha vuelto costumbre: ver a nuestro alrededor a jóvenes y no tan jóvenes, sin oficio, jugando truco y consumiendo licor, muchos de ellos vistiendo atuendos acordes con las playas cumanesas, desdibujando una institución con más de 50 años como academia de prestigio nacional e internacional. ¿La causa? Muchos afirman que es falta de autoridad. Yo afirmo que es la combinación de una serie de causas, entre las que se encuentra principalmente la apatía y desidia de mis colegas y, por qué no, de toda una comunidad que observa y permite que se les falte el respeto y se les imponga una convivencia violenta y poco ética. “Ahora hacemos lo que nos da la gana aquí…” Total, nadie dice nada y no hay representantes que vean lo que estos llamados “estudiantes” hacen cuando no están en casa. Pero se equivocan.
Después de enfrentar los desórdenes y vulgaridades de estudiantes frente al aula P3-5, durante mi clase de Inglés básico, y los embates de la lluvia que ese viernes inundó jardines y salones, acudí, con mi pantalón de bolsillos grandes, a la oficina 27, donde mis colegas achicaban, con desesperación de náufragos, sus cubículos inundados. Inmediatamente y parados frente a la plaza de las rosas, escuchamos gritos desenfrenados y pupitres que se arrastraban. Durante 15 minutos soportamos el escándalo sin saber qué sucedía. Fue mucho tiempo; no es mi estilo ver que algo pasa y no saber qué es. Subí al pasillo de los salones de Cursos Básicos.
Frente a mis ojos estaban estudiantes consumiendo alcohol; en el pasillo tres garrafas de licor servían de “trofeos”. Otro grupo permanecía dentro del CB-105, sin luz, bebiendo, ¿consumiendo algo más…? Con mis manos en los bolsillos les ordené retirarse a sus casas. Más de 20 personas iniciaron su algarabía burlona mientras desalojaban el lugar hacia el CB-117, para continuar su euforia etílica. Bajo la amenaza de que los fotografiaría y denunciaría, continuaron su camino. Al revisar los salones encontré pupitres volteados y sobre los escritorios. “Caos”, pensé. ¿Y el Acuerdo de Consejo Universitario (el nº 003/2007, del 22 de mayo de 2007) que prohíbe expresamente este comportamiento en el recinto Universitario? ¿Quién lo hace cumplir? ¿Y nuestras autoridades?
Valga la propaganda para el grupo “Dame Pa’ Matala” y su canción, “Los niños de hoy en día”, que describe la onda destructiva de los jóvenes de hoy, sin respeto hacia nada ni nadie, queriendo imponer conductas degradantes y vergonzosas, como la de la joven, (de aproximadamente un metro ochenta) que con actitud enajenada abanicaba su mano a pulgadas de mi cara, mientras me alegaba que ella había pasado un día atareado con clases y que necesitaba distraerse. Yo optaba por tener mis manos en los bolsillos.
Distraerse… ¿Y quién dice que no? Hágalo, pero en otra parte. Vaya para su casa, monte su mesa truquera, ponga su música a todo volumen, llévese a sus amigotes, su narguile y sus botellas de licor. Pero aquí no, está prohibido por ya citado, para los que aún lo ignoran. No hay que ser joven o viejo para saber que hay normas y esas normas deben respetarse.
No dudo de la educación que los jóvenes reciben en casa, pero están pasando cosas. Alerto a los representantes, a las autoridades universitarias, a todos mis colegas y a la comunidad universitaria en general. Convoco especialmente a quienes tienen la responsabilidad de darnos seguridad y a los que tienen la obligación de llevar a la Academia por los caminos correctos. Yo, y muchos otros como yo, estaremos de frente defendiendo el deber ser de nuestra educación superior; sólo espero que no tenga, algún día, que sacar mis manos de los bolsillos para defenderme…