Cuando en 1999 se promulgó la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, muchos pensaron que se estaba aprobando un instrumento que serviría de marco para elaborar leyes que estuviesen en correspondencia con las necesidades de los ciudadanos, entre ellas el derecho a la participación. En el debate sobre el derecho público, uno de los temas centrales es, sin dudas, el derecho al ejercicio de la participación política, derecho que se materializa no solamente en la posibilidad que tiene el ciudadano de elegir a sus representantes, sino también en la facultad para intervenir directamente en los procesos de toma de decisiones.
No puede hablarse de un sistema verdaderamente democrático si el ordenamiento jurídico no cuenta con suficientes garantías para la participación de los ciudadanos en la toma decisiones. Cuando vemos al mismo Presidente de la República, a representantes de los poderes del Estado, de las instituciones públicas y de las propias universidades "patear" deliberadamente este derecho, me pregunto: ¿por qué se desestima tal atribución ciudadana? Esta violación se hace más acentuada cuando el ciudadano exige su participación protagónica y ésta le es negada.
El desconocimiento de este carácter, para sorpresa de algunos y desconcierto de otros, tiene manifestaciones en la Universidad de Oriente. El 13 de agosto del presente año se dirigió una comunicación, firmada por no menos de 120 profesores, al Presidente y demás miembros de la Comisión Electoral de nuestra casa de estudios, donde se solicitaba que ese órgano convocara a elecciones de representantes profesorales ante el Consejo Universitario, dado que el plazo de la actual representación venció en el segundo semestre de 2008. El cumplimiento de los Reglamentos evitaría reclamos que surjan acerca de la legitimidad de tales representaciones y de la legalidad de las acciones que se deriven de la actuación de los órganos así constituidos. Ante el silencio de la Comisión Electoral el 20 de octubre se envío otra comunicación reclamando respuestas. Hasta ahora no ha habido pronunciamiento alguno.
Otra violación a lo consagrado en nuestra Constitución con respecto a la participación de los ciudadanos lo constituye el proyecto de modificación del Reglamento del Personal Docente e Investigación de la UDO, donde se incorporan cambios que afectarían, decisivamente, la vida laboral de los docentes. Esta modificación se intenta sin la consulta a la base profesoral y sin mecanismos para hacerla del conocimiento público (No sería extraño, en vista de esta conducta, que ya haya sido aprobada por el Consejo Universitario).
Si quienes integran las instancias de decisión universitaria permanecen de espaldas a sus electores y representados, cómo puede pensarse que sus decisiones consideren las necesidades, requerimientos y aspiraciones del grupo humano a las que van dirigidas.
La participación verdadera no puede consistir en ser consultado sobre algo preconcebido y menos en ser notificado (¿será ésta la acepción de “participación” que se usa?) de lo ya decidido. Participar debería significar para los universitarios intervenir, desde la propia determinación y conciencia, tanto en la discusión de las necesidades y problemas como en la valoración y selección de posibles soluciones. Además, la participación, en tanto valor fundamental de la democracia, no debe subordinarse a la necesidad de legitimación personal, grupal o partidista.
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