Prof. Orángel Morey Lezama
Dpto. Filosofía y Letras UDO-Sucre
udistasns@gmail.com
Esta semana el Tribunal Supremo de Justicia ha fallado en dos ocasiones, al parecer, sesgado por una posición partidista. Una, en el caso del estudiante Kevin Ávila, quien en un instante pasó de agresor a víctima, y otra en el del editor del diario El Nacional, Miguel Henrique Otero Castillo, a quien se le indicó que la expresión “hijo de puta” no es difamatoria ni injuriosa.
Estas decisiones no pueden pasar desapercibidas para nadie, y menos para el sector universitario, concernido directamente en el primer caso y con alusión para los profesores de lengua en el segundo. Comencemos por repasar los hechos de cada caso y luego veamos la trascendencia que tienen las decisiones para el país en general.
Kevin Ávila es acusado de actuar con violencia dentro del recinto universitario, atentar contra sus instalaciones y ofender y atacar a Cecilia García Arocha, rectora de la UCV. El Consejo Universitario de esta casa de estudio conoce del caso de Kevin Ávila el 11 de mayo de 2011 y decide abrir una investigación. Aunque Ávila tuvo la oportunidad de defenderse, no ejerció su derecho en el debido momento; presentó su defensa extemporáneamente, después de cerrado el expediente. El Consejo Universitario revisó sus alegatos pero toma la decisión de su expulsión el día 18 de noviembre, concediéndole un plazo de cinco días para presentar su apelación.
Sin considerar las instancias universitarias, Ávila se dirige a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo del TSJ, la que acuerda, en una decisión exprés, un recurso cautelar que ordena a la universidad suspender los efectos del acto administrativo. En ese mismo tribunal reposan, desde el año 2009, seis denuncias interpuestas por la rectora de la UCV sin respuesta alguna.
El segundo caso, fue interpuesto por el editor del diario El Nacional, Miguel Henrique Otero Castillo, a raíz de que Mario Silva, conductor del programa televisivo La Hojilla, se refiriera a él como "hijo de puta". Otero consideró que se había dañado gravemente la dignidad de su madre, María Teresa Castillo, y demandó por difamación e injuria. En una insólita decisión la jueza 15 de Juicio exoneró de responsabilidad penal a Mario Silva alegando argumentos del derecho a la libre expresión.
Desde un punto de vista filológico, no hay malas palabras sino incorrectas o inadecuadas. Si atendemos el sentido literal de la expresión “hijo de puta”, podríamos decir que el agraviado no es el hijo sino la madre, como lo sostuvo la defensa de Silva en algún momento del juicio; pero ciertamente la ofensa, y no creo que alguien dude que la haya, va dirigida al hijo.
En el español de Venezuela la expresión “hijo de puta”, además de una ofensa, es una provocación violenta, y por tanto una incitación a responder también con violencia. Muchas veces es el último recurso o instancia a que se acude en una discusión para provocar una pelea. Si atendemos al DRAE, autoridad de la lengua, la expresión “hijo de puta” sería injuriosa si “desacredita a alguien, de palabra o por escrito, publicando algo contra su buena opinión y fama”; y sería difamatoria si agravia de obra o de palabra, o si imputa a alguien un hecho en menoscabo de su fama o estimación. En mi opinión, cuando alguien dice a otro “hijo de puta”, aunque difama e injuria, no está persiguiendo ese fin sino simplemente ofender y provocar con violencia.
Las dos decisiones del TSJ son temerarias; ya no nos podría extrañar si a partir de ahora una persona maltrata física o verbalmente a otra, sea autoridad de alguna institución o no, amparándose en las referidas decisiones. Además del grave precedente legal que sientan, constituyen una forma muy bizarra de legitimar la violencia. El TSJ, comprometido con una parcialidad del país, convalida dos modos de actuar que los venezolanos, hartos de violencia, rechazamos. Sin justicia no habrá paz.
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